Nuestra Constitución Política considera a la familia como el núcleo fundamental de la sociedad. El actual desarrollo de las relaciones de pareja a impactado en la forma y modo en que se comportan las parejas y el derecho se ha hecho cargo de ello, como ocurre con el acuerdo de unión civil (AUC)
Así no solo se regula en forma tradicional los lazos de conyugabilidad que provienen del matrimonio, sino que profundiza en las relaciones de paternidad. En este punto al no existir distinción entre hijos, el concepto de familia se amplia.
Por su intermedio, la sociedad se hace cargo de los conflictos que afectan a la familia tanto desde el punto de vista de la violencia domestica o violencia intrafamiliar, como también los conflictos de relaciones personales y de bienes, a través de los tribunales de familia, el divorcio, la separación y la protección de los hijos