A fines de agosto concluyó el trabajo del Comité de Normas de Calidad Para Los Laboratorios del Sistema Nacional de Registro de ADN, respecto de la Nch3248, Norma de Calidad sobre Laboratorios de Bases de datos de ADN Forenses con la concurrencia de todas las entidades y personas que participaron durante la fase de consulta.
Durante esta fase que duro más de seis meses, se discutieron las observaciones recibidas en la etapa de consulta pública y se realizaron los ajustes necesarios y adaptaciones necesarias al modelo chileno del Sistema Nacional de Registro de ADN
El trabajo inicial se centro en la norma propuesta Nch3248 Requisitos de Aseguramiento de la Calidad para Laboratorios que Elaboran Bases de Datos de ADN Forense. A esta propuesta se realizaron más de 180 observaciones. A lo largo de toda la discusión ha participado activamente el abogado Jorge Morales Cortés, miembro de nuestro Estudio Jurídico.
La Arquitectura de la Calidad Sistema Nacional de Registro de ADN
Jorge Morales, explica que esta norma, junto a la Nch 3249 y 3250, forman la arquitectura de calidad del Sistema Nacional de Registro de ADN de la Ley 19.970.
“Esta arquitectura está conformada por la norma 17025 Requisitos Generales para la Competencia de los Laboratorios de Ensayo y Calibración, norma básica sobre la cual se erige todo el sistema. Esta norma es complementada por la Nch 3249, que fija los Requisitos Complementarios para Laboratorios de Ensayo de Ciencias Forenses.
A partir de este piso, surgen dos normas. Una destinada a laboratorios de bases de datos de ADN forense, la Nch 3248; y otra destinada a los laboratorios que realizan análisis forense de ADN, es decir aquellos que obtienen perfiles genéticos de las evidencias, de condenados, imputado víctimas y familiares de las personas perdidas y que corresponde a la Nch3250.”
A contar del mes de septiembre, se inicia la discusión de la Nch3250, Norma de Aseguramiento de la Calidad para laboratorios forenses de análisis de ADN.