Este martes 12 de abril, sesiono por primera vez, el Comité de Normas de Calidad Para Los Laboratorios del Sistema Nacional de Registro de ADN, con la concurrencia de todas las entidades y personas que participaron durante la fase de consulta, en la sede central del INN.
Durante dicha fase se recibieron las observaciones de varias instituciones que en su conjunto y respecto de las tres normas totalizan más cuatrocientas observaciones.
El trabajo inicial se centro en la norma propuesta Nch 3248 Requisitos de Aseguramiento de la Calidad para Laboratorios que Elaboran Bases de Datos de ADN Forense. A esta propuesta se realizaron más de 180 observaciones. En la primera sesión se realizo una apertura por parte del INN y una exposición por parte del abogado Jorge Morales Cortés, miembro de nuestro Estudio Jurídico.
La Arquitectura de la Calidad Sistema Nacional de Registro de ADN
Una de las primeras cuestiones que se establecieron fue el sentido y alcance de las normas. Se describió por Jorge Morales, la arquitectura de calidad del Sistema Nacional de Registro de ADN.
Esta arquitectura está conformada por la norma 17025 Requisitos Generales para la Competencia de los Laboratorios de Ensayo y Calibración, norma básica sobre la cual se erige todo el sistema. Esta norma es complementada por la Nch 3249, que fija los Requisitos Complementarios para Laboratorios de Ensayo de Ciencias Forenses.
A partir de este piso, surgen dos normas. Una destinada a laboratorios de bases de datos de ADN forense, la Nch 3248; y otra destinada a los laboratorios que realizan análisis forense de ADN, es decir aquellos que obtienen perfiles genéticos de las evidencias, de condenados, imputado víctimas y familiares de las personas perdidas y que corresponde a la Nch 3250.